Que podrás encontrar en este artículo:
- 1 ¿Qué cambios en la electricidad ha propuesto la CNMC para el 1 de junio?
- 2 ¿Qué son los peajes y los cargos de la electricidad?
- 3 ¿Por qué se están cambiando estos asuntos de la tarifa eléctrica?
- 4 De acuerdo, pero… ¿qué cambios tendré en mi factura de la luz?
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El panorama tarifario de la electricidad en España sigue en cambios y sin concreciones. Los peajes eléctricos siguen siendo los protagonistas en el debate sobre cómo se aplicará la nueva reforma tarifaria, cuándo y en qué consistirá.
¿Qué cambios en la electricidad ha propuesto la CNMC para el 1 de junio?
A finales de marzo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aprobó la modificación de la Circular 3/2020, de 15 de enero. El objetivo fue ampliar hasta el 1 de junio el periodo transitorio de adaptación de los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos de los consumidores eléctricos.
El periodo transitorio estaba previsto que acabase el 1 de abril, pero finalmente y gracias a esta propuesta de la CNMC, se ha ampliado hasta el 1 de junio. No obstante y en “cristiano”, ¿qué quiere decir esto?
En definitiva, quiere decir que el 1 de junio entrarán en vigor los nuevos valores de los cargos y los peajes del sistema eléctrico. Así lo establece el Real Decreto 148/2021 que determina la metodología de cargos.
¿Qué son los peajes y los cargos de la electricidad?
Hasta aquí todo bien, pero seguramente muchos de nuestros lectores se estarán preguntando qué son exactamente los peajes y qué son los cargos de la electricidad. Y sobre todo, de qué forma le afectan a ellos el valor de ambos aspectos.
En primer lugar, hay que especificar que tanto los peajes como los cargos forman las partes reguladas de los costes que componen la factura de la luz de cualquier usuario o consumidor.
Los cargos cubren los gastos relacionados con la política energética de cada territorio, ya sea nacional o autonómico, inclusive el comarcal. Los peajes cubren los gastos vinculados al transporte y a la distribución de la energía.
¿Por qué se están cambiando estos asuntos de la tarifa eléctrica?
La problemática en relación a estos términos llegó tras el expediente de infracción que la Comisión Europea aplicó al Gobierno de España. El motivo fue que el Ministerio era quien hasta ahora se encargaba de gestionar la cuantía de estos peajes y cargos, algo que, según la UE, debe ser competencia imperativa de la CNMC.
De esta manera, el Ministerio delegó en la CNMC la competencia de los peajes, conservando la de los cargos. La única condición que debe seguir la CNMC es que todas las modificaciones y gestiones tengan en cuenta la descarbonización de la energía y el fomento del autoconsumo, así como la eficiencia energética. Todo ello se puso en marcha con la aprobación de la Circular 3/2020 el 24 de enero de 2020.
Todos estos cambios que se proponen se deben aprobar siguiendo cuatro fases. Actualmente estamos en la primera fase, quedando por definir la resolución de los peajes y la metodología y resolución de los cargos. Sobre todo esto ya hay normativas propuestas, pero no aprobadas.
De acuerdo, pero… ¿qué cambios tendré en mi factura de la luz?
Los cambios se distribuyen y dividen en función de la potencia contratada: menos de 15 kWh o más de 15 kWh. Veamos a qué nos referimos:
¿Qué cambios tendré si tengo menos de 15 kWh contratados de luz?
- Todos los consumidores pasarán a tener una única tarifa de acceso: la 2.0TD.
- No se aplicará la discriminación horaria: los peajes se repartirán en 3 periodos de horario de energía y 2 periodos horarios de potencia.
- Debido al punto anterior, se hará la siguiente distinción (cabe especificar que el total puede variar si se reside en Ceuta, Melilla, Baleares o Canarias):
- Usuarios con la actual tarifa PVPC: tendrán 3 precios variables de energía y 2 precios de potencia, en función del día de la semana y del periodo.
- Usuarios con la actual tarifa a precio fijo: los 3 periodos de energía tendrán un mismo precio y la potencia se dividirá en 2 precios.
- Usuarios con la actual tarifa con discriminación horaria: los 3 periodos tendrán un precio cada uno.
¿Qué cambios tendré si dispongo de más de 15 kWh en mi tarifa de luz?
- Los cambios en la nomenclatura tarifaria son los siguientes:
- La tarifa 3.0A pasa a llamarse 3.0TD.
- Las tarifas 3.1A (menos de 30 kW) y 6.1A pasan a llamarse 6.1TD.
- Las tarifas 3.1A (de igual o más de 20 kW) y 6.2 pasan a llamarse 6.2TD.
- La tarifa 6.4 será la tarifa 6.4TD.
- Todas tienen 3 periodos de energía y 3 de potencia (6 en total) y a un precio distinto cada uno.
- El cálculo del precio total de la factura dependerá no solo del periodo y del día de la semana, también de la localización del suministro. Es decir, si se encuentra en la península, en las Baleares, en Canarias, en Ceuta o en Melilla.